En la antesala de las celebraciones de fin de año, la Municipalidad de Pergamino volvió a poner el foco en una normativa que ya forma parte del entramado de convivencia local: la prohibición de la venta de pirotecnia de estruendo. La medida, establecida por la Ordenanza Nº 8472 y vigente desde 2016, apunta a desalentar el uso de productos sonoros de alta intensidad, encuadrados en la clasificación C-4 del RENAR. La disposición no es nueva, pero cada diciembre adquiere una relevancia especial. El crecimiento de la conciencia social sobre los efectos del ruido extremo en niños, personas con discapacidad, adultos mayores y animales convirtió esta política pública en un eje central de las fiestas. Desde el Municipio remarcan que el objetivo no es limitar celebraciones, sino promover encuentros más seguros, inclusivos y respetuosos. En este contexto, la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de Habilitaciones y Control de Actividades Económicas, activó un esquema de fiscalización reforzado para los comercios que solicitan autorización para vender pirotecnia permitida. El proceso contempla varias etapas y exige el cumplimiento estricto de las normativas vigentes. En primer lugar, cada local es sometido a una inspección técnica integral. Allí se evalúan las condiciones de seguridad, higiene, almacenamiento y manipulación de los productos, conforme a los requisitos establecidos para esta actividad específica. Solo aquellos establecimientos que superan esta instancia pueden avanzar en el trámite. Luego se realiza un control detallado del tipo de mercadería ofrecida. La verificación apunta a garantizar que únicamente se comercialicen artículos habilitados, excluyendo de manera absoluta cualquier producto de estruendo. Desde el área de control fueron claros: no existe margen de tolerancia para la venta de pirotecnia sonora. A este procedimiento se suma una auditoría clave: cada comercio debe contar con un informe técnico favorable emitido por la Delegación de Explosivos de San Nicolás, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Se trata de una evaluación especializada y obligatoria, sin la cual el Municipio no otorga la habilitación. Las autorizaciones, además, tienen un carácter excepcional y acotado. Este año, el período habilitado para la venta de pirotecnia permitida se extiende desde el 22 de diciembre de 2025 hasta el 1 de enero de 2026. Fuera de ese plazo, cualquier comercialización queda automáticamente fuera de la normativa. Bajo el lema “Fiestas sin ruidos”, el Municipio apela a la responsabilidad colectiva y convoca a los vecinos a ser parte activa del cumplimiento de la ordenanza. Ante la detección de venta ilegal de pirotecnia de estruendo, se solicita realizar la denuncia correspondiente a través de la línea 147, una herramienta clave para la prevención. Desde la gestión local subrayan que estas acciones no son aisladas ni simbólicas. Forman parte de una política sostenida en el tiempo, que busca consolidar una cultura del cuidado mutuo y del respeto por quienes más sufren las consecuencias del ruido extremo.  Así, Pergamino reafirma su compromiso con unas celebraciones distintas, donde la alegría no esté asociada al estruendo y donde la convivencia sea el verdadero protagonista. Una línea de trabajo que, con el paso de los años, dejó de ser una excepción para convertirse en una política pública consolidada. Opinión pública: la experiencia demuestra que las ciudades que sostienen este tipo de normativas no solo reducen riesgos y conflictos, sino que también fortalecen el sentido de comunidad. En tiempos donde el ruido suele imponerse como forma de expresión, elegir el respeto puede ser, paradójicamente, el gesto más contundente. TAPA DEL DÍA