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El Gobierno reactiva el Régimen Penal Juvenil: los puntos clave del proyecto para bajar la edad de imputabilidad

Tras perder estado parlamentario en 2025, el oficialismo vuelve a impulsar en sesiones extraordinarias una reforma sensible y largamente debatida. Edad mínima en 14 años, penas con tope, prioridad a medidas alternativas y un sistema especializado para adolescentes en conflicto con la ley.

  • 28/01/2026 • 10:30

El Gobierno nacional confirmó que la discusión sobre el nuevo Régimen Penal Juvenil formará parte del temario de las sesiones extraordinarias del Congreso. Se trata de un proyecto que ya había avanzado de manera significativa el año pasado, con dictamen de mayoría en comisión, pero que nunca llegó al recinto y perdió estado parlamentario tras el recambio legislativo.

La iniciativa fue enviada originalmente por el Poder Ejecutivo en julio de 2024 y logró un amplio respaldo político. En mayo de 2025, un plenario de las comisiones de Legislación Penal; Familias, Niñez y Juventudes; y Justicia acordó un despacho de mayoría acompañado por La Libertad Avanza, el PRO, la UCR, Innovación Federal, la Coalición Cívica y Democracia para Siempre, aunque con algunas disidencias parciales.

Con el inicio de un nuevo período parlamentario, el debate deberá comenzar formalmente desde cero. Sin embargo, fuentes oficiales anticiparon que el Gobierno está dispuesto a respetar la mayor parte de los consensos alcanzados en aquel dictamen, con el objetivo de acelerar su tratamiento y evitar un nuevo empantanamiento legislativo.

El eje central de la reforma es la reducción de la edad mínima de responsabilidad penal. La propuesta original del oficialismo fijaba ese umbral en los 13 años, en línea con legislaciones vigentes en otros países de la región. No obstante, tras las negociaciones con sus aliados, la edad mínima quedó finalmente establecida en 14 años, frente a los 16 que rigen actualmente en la Argentina.

El proyecto establece un régimen diferenciado, con un tope máximo de 15 años de privación de la libertad únicamente para delitos considerados graves, como homicidio, abuso sexual o secuestro. La privación de libertad se plantea como un recurso excepcional y de última instancia, priorizando en todos los casos las penas alternativas y las medidas socioeducativas.

Entre las sanciones no privativas de la libertad se incluyen la amonestación, la prohibición de acercamiento a la víctima, la realización de tareas comunitarias, el monitoreo electrónico, la reparación integral del daño causado, la prohibición de concurrir a determinados lugares y la inhabilitación para conducir vehículos. Estas alternativas pueden aplicarse en delitos con penas de hasta tres años, o incluso hasta diez años cuando no haya existido muerte ni violencia grave, siempre con dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal y luego de escuchar a la víctima.

El texto también habilita herramientas como la suspensión del proceso a prueba y la mediación penal juvenil para infracciones leves, con participación obligatoria de todas las partes y consentimiento expreso de la víctima. El objetivo declarado es evitar la reincidencia y promover la reintegración social del adolescente.

Uno de los capítulos más relevantes del proyecto es la creación de institutos especializados para adolescentes condenados. Allí se garantiza el derecho a la educación, a la atención médica integral y al tratamiento de consumos problemáticos. El personal deberá contar con formación específica en niñez y adolescencia y se prohíbe de manera absoluta la convivencia con personas adultas privadas de la libertad.

Este punto generó tensiones con varios gobernadores, quienes reclamaron que el Estado nacional acompañe la reforma con partidas presupuestarias específicas para la construcción y el mantenimiento de las nuevas instalaciones.

El régimen prevé además medidas complementarias como programas educativos, capacitación laboral, actividades culturales y deportivas, asistencia psicológica y médica, y restricciones vinculadas al consumo de alcohol y estupefacientes. El cumplimiento de estas medidas quedará bajo la supervisión de profesionales especializados designados por el juez.

En materia procesal, el proyecto dispone que las actuaciones sean reservadas y prohíbe la difusión de la identidad de los adolescentes imputados, salvo renuncia expresa. También exige la intervención de la asesoría tutelar y la notificación inmediata a padres o responsables legales, además de habilitar medidas protectoras adicionales cuando sea necesario.

El dictamen de mayoría incorpora un capítulo específico para adolescentes inimputables, con intervención de equipos interdisciplinarios y organismos de protección de derechos, y establece la responsabilidad civil de los progenitores por los daños causados por sus hijos.

Las víctimas, en tanto, cuentan con derechos reforzados: patrocinio jurídico gratuito, asistencia psicológica y social, participación en instancias de mediación y el derecho a ser informadas y escuchadas durante todo el proceso.

La decisión de reactivar el debate se tomó en un contexto social sensible, atravesado por hechos de fuerte impacto público que volvieron a instalar la discusión sobre cómo debe responder el Estado ante delitos cometidos por adolescentes, sin descuidar las garantías constitucionales ni los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.

Opinión pública: el desafío central del nuevo Régimen Penal Juvenil no pasa sólo por la edad de imputabilidad, sino por la capacidad real del Estado para sostener un sistema especializado, con recursos, controles y políticas de acompañamiento. Sin esa base, cualquier reforma corre el riesgo de quedar reducida a una respuesta coyuntural frente a la conmoción social, sin resolver el problema de fondo.

TAPA DEL DÍA – www.tapadeldia.com