Grupo de Medios Infopba
Instagram

Entérate primero

Síguenos en Instagram

Pais

Gobierno promulga la Ley de Emergencia en Discapacidad pero suspende su aplicación por falta de financiamiento

La Ley N° 27.793 crea la Pensión No Contributiva por Discapacidad, actualiza aranceles y prevé compensaciones a prestadores, aunque su entrada en vigor queda postergada hasta que el Congreso asegure los recursos necesarios.

  • 22/09/2025 • 08:38

TAPA DEL DÍA

El Gobierno nacional oficializó este lunes la Ley N° 27.793, conocida como Ley de Emergencia en Discapacidad, que establece la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, actualiza los aranceles del sistema de atención y prevé compensaciones económicas a prestadores. Sin embargo, su aplicación queda suspendida hasta que el Congreso determine las fuentes de financiamiento, según lo establece el Decreto 681/2025, publicado en el Boletín Oficial.

Qué establece la ley

La normativa declara la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año más, e incluye medidas clave como:

  • Creación de la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social.
  • Acceso obligatorio al Programa Incluir Salud, que cubre prestaciones básicas y de alto costo.
  • Actualización mensual de aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral.
  • Compensaciones económicas de emergencia a prestadores, calculadas según la diferencia entre aumentos de aranceles y la inflación medida por el INDEC.
  • Extensión a tres años de eximición parcial de contribuciones patronales para empleadores que contraten personas con discapacidad por tiempo indeterminado.

Según el decreto, la implementación total de la ley demandaría más de 3 billones de pesos, equivalentes al 0,35 % del Producto Bruto Interno, sin considerar el posible aumento de beneficiarios ni la ampliación del Programa Incluir Salud.

Por qué su aplicación está suspendida

El Decreto 681/2025 aclara que, aunque la ley fue promulgada, su ejecución queda suspendida hasta que el Congreso incluya las partidas necesarias en el presupuesto nacional. El Ejecutivo fundamenta la decisión en:

  • La falta de financiamiento específico previsto en la ley.
  • La obligación legal de no ejecutar gastos sin fuentes presupuestarias concretas, según el artículo 5° de la Ley N° 24.629.
  • La insuficiencia del crédito presupuestario disponible, incluso si se destinaran todas las partidas del Estado Nacional, lo que afectaría servicios esenciales como seguridad, justicia y alimentación en cárceles.

El decreto señala además que el Congreso insistió con la ley pese a la observación previa del Ejecutivo, pero su ejecución plena requiere la aprobación de recursos específicos en el presupuesto nacional.

En este marco, el Gobierno también oficializó la Decisión Administrativa 24/2025, que ajusta parcialmente el presupuesto 2025: se incrementaron los fondos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y se reasignaron partidas de la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, para atender gastos urgentes de actualización de prestadores, sin habilitar la ejecución completa de la ley.

La medida genera expectativa y debate en la sociedad y entre organizaciones de discapacidad, que reclaman la implementación inmediata de beneficios pendientes, conscientes de la magnitud del impacto social que podría tener su demora.

TAPA DEL DÍA